Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor árbitro, que previo el reconocimiento de mi personería para comportarse como apoderado de la parte demandante. https://myeasybookmarks.com/story5462558/los-principios-b%C3%A1sicos-de-demanda-laboral-por-falta-de-seguro-social-ejemplo